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    MÁS DE 1.500 INTERESADOS EN SER OBSERVADORES EN LAS ELECCIONES DEL 7 DE FEBRERO DE 2021

    lunes, 19 octubre, 2020No hay comentarios3 Mins Read
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    Son 1.572 solicitudes de personas nacionales y extranjeras residentes en el país que solicitaron al Consejo Nacional Electoral (CNE) ser calificadas para realizar observación electoral para las votaciones nacionales de febrero del 2021.

    El plazo para solicitar ser acreditados como observadores culminó el pasado 9 de octubre en el CNE, y de los 1.572 pedidos, 1.418 corresponden a personas naturales, 148 delegados de personas jurídicas y 6 extranjeros residentes en el Ecuador.

    Para las personas naturales nacionales, los requisitos son ser mayor de 18 años de edad, estar en goce de los derechos políticos, no ser afiliado o adherente de una organización política, tampoco ser acreditado como sujeto político y no ser servidor de la Función Electoral.

    Para las personas jurídicas nacionales se exige que su objeto social le permita realizar actividades relacionadas con lo político electoral, haber tenido la personería jurídica por lo menos dos años antes del proceso electoral.

    Y para las personas naturales extranjeras domiciliadas en el Ecuador está haber residido en el país cinco años antes de la fecha de la solicitud de la acreditación, entre otros requisitos formales.

    Después de la revisión de requisitos por la Dirección de Relaciones Internacionales del Consejo se presentará un informe al pleno de aquellos que hayan cumplido con los requisitos y no se encuentren inmersos en inhabilidades para ser observadores, de acuerdo con el reglamento de Observación Electoral y el Código de la Democracia.

    Aquellos que sean habilitados recibirán capacitación virtual y las garantías necesarias para cumplir adecuadamente su tarea.

    El reglamento para la observación señala que tendrán libertad de circulación y movilización dentro de los recintos electorales, libertad de comunicación con sujetos políticos, personas y organismos que deseen contactar, acceso a documentos de carácter electoral.

    También podrán observar el Sistema de Transmisión de Resultados, asistir al escrutinio y cómputo de la votación en las juntas receptoras del voto, por ejemplo. Podrán dialogar con candidatos y con delegados de los sujetos políticos en los recintos electorales.

    Deberán presentar un informe final sobre la observación electoral que no tendrá el carácter de vinculante, pero deberá ser elaborado sin «juicios de valor u opiniones», y se lo entregará quince días después de realizado el proceso electoral.

    Quienes no cumplan con la entrega de este informe serán «excluidos» de participar como observadores por los próximos dos comicios nacionales que se realicen.

    En el caso de la observación electoral internacional, esta se realizará mediante la invitación del CNE o a través de la Cancillería ecuatoriana. (I)

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