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    MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD QUE REGIRÁN EL DÍA DE LAS VOTACIONES; VOTANTE DEBE IR SOLO Y CON SU ESFERO

    jueves, 14 enero, 2021No hay comentarios4 Mins Read
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    El día de las votaciones, se solicita a los ciudadanos que acudan a las urnas solos, con mascarilla, llevar su alcohol y su esfero con tinta azul o negra. No acudir si tienen alguna enfermedad respiratoria aguda, fiebre, dificultad para respirar, dolor de cabeza.. o si que ha estado en contacto con un caso COVID-19 confirmado o probable en los últimos 14 días. Estas son algunas de las medidas de bioseguridad que indicó el CNE.

    Los certificados médicos públicos o privados servirán para justificar a quienes no pudieran votar por motivo de salud o por impedimento físico comprobado y exonerarlos de la multa por no votar, que es el 10% de una remuneración mensual unificada ($ 40).

    Los pruebas para comprobar que no tienen COVID-19 solo las deberán presentar los veedores de las agrupaciones políticas para entrar a los recintos electorales y los observadores internacionales -la prueba RT-PCR con resultado negativo- para ingresar al país.

    El Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó la noche de este miércoles 13 de enero el protocolo general con el que pretende que no se propague el coronavirus durante las elecciones del próximo 7 de febrero, para aprobarlo.

    En este documento no consta como obligación la presentación de pruebas de los miembros de las Juntas Receptoras del Voto, como en un principio comunicó el Viceministerio de la Salud.

    Tampoco hay un cambio en el horario en que se desarrollarán las elecciones, de 07:00 a 17:00, y se mantiene el exhorto de que los electores acudan hasta el mediodía si su cédula de identidad termina en un número par y en la tarde si su último dígito es impar. Aunque el horario de votación aún podría ampliarse. Esto lo analizará el CNE en estos días.

    MEDIDAS DE PREVENCIÓN PARA LOS VOTANTES

    • 1. Conocer el lugar exacto de votación y las medidas de bioseguridad.
    • 2. Acudir solo a sufragar a los recintos electorales.
    • 3. Llevar esfero de tinta azul o negra.
    • 4. Mantener distanciamiento físico de 2 metros entre personas.
    • 5. Usar correcta y continuamente la mascarilla. Es obligatorio durante el proceso electoral.
    • 6. Lavar las manos al menos cada 2 horas, durante 40 a 60 segundos con agua y jabón.
    • 7. Desinfectar las manos con gel alcohol al 70% cada que considere necesario.
    • 8. No tocarse cara y mucosas.
    • 9. Llevar la cédula de identidad, pasaporte o documento de identidad consular a la mano.
    • 10. Prohibir el ingreso a los recintos electorales con alimentos.
    • 11. Cumplir con el flujo de votación, que será unidireccional, circulando por la derecha.
    • 12. Exhortar el cumplimiento sobre el horario del sufragio de acuerdo con el último dígito de la cédula par de 07:00 a 12:00 e impar de 12:00 a 17:00.
    • 13. Colocar los desechos de los insumos de bioseguridad en los lugares designados en cada recinto electoral.
    • 14. A fin de garantizar la salud y bienestar de la ciudadanía, adolescentes de 16 a 18 años, mayores de 65 años, miembros de las Fuerzas Armadas y Policía, personas con discapacidad, extranjeros residentes en el país inscritos en el registro electoral, analfabetos, se recuerda que el voto en estos grupos es facultativo.
    • 15. Persona con alguna enfermedad respiratoria aguda (fiebre y al menos un signo o síntoma respiratorio, por ejemplo: tos, fatiga, dificultad para respirar y anosmia, ageusia, trastornos digestivos como diarrea, odinofagia, dolores musculares, cefalea), y que haya estado en contacto directo o cercano con un caso COVID-19 confirmado o probable en los últimos 14 días, deberá acudir al establecimiento de salud más cercano a su domicilio para atención oportuna a fin de descartar que sea portador de la COVID-19, y evitar acudir a los recintos electorales si presenta esta sintomatología.
    • 16. Quienes no pudieren votar por motivo de salud o por impedimento físico comprobado con el certificado médico público o privado serán exentos de multa que es el 10% de una remuneración mensual unificada ($ 40).
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