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    Locales

    EL COS SANCIONA CON SUSPENSIÓN DE LICENCIA POR DOS AÑOS AL PROFESIONAL POR MALA PRÁCTICA MÉDICA

    jueves, 27 agosto, 2020No hay comentarios3 Mins Read
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    El proyecto de Código Orgánico de Salud aprobado por la Asamblea Nacional suspende hasta por dos años la licencia a los profesionales de la salud por mala práctica médica. El texto se limita a aplicar sanciones pecuniarias, pues las penas privativas de libertad por esta causal las contempla el Código Orgánico Integral Penal (COIP).

    El COS aprobado determina 66 faltas leves, cuyas sanciones administrativas no superan los cinco salarios básicos unificados (SBU); 72 faltas graves cuya sanción máxima es una multa de 15 SBU; y, determina 36 faltas muy graves, donde se fijan multas de hasta 100 SBU y suspensión temporal de la licencia de los profesionales de la salud.

    El texto aprobado por la Asamblea Nacional y que pasará a conocimiento del Ejecutivo contiene temas polémicos como la emergencia obstétrica para el caso de aborto; el uso terapéutico del cannabis; y, la reproducción humana asistida.

    En cuanto a las faltas leves, se sanciona con una multa de 15 SBU a quien exija al paciente en situación de emergencia cualquier tipo de requisito para ser recibido o atendido, sea en establecimientos prestadores de servicios de salud públicos, privados, autónomos y comunitarios. No se podrá exigir al paciente en situación de emergencia requisitos previos de carácter administrativo, económico, financiero para ser recibido o atendido, hasta la estabilización de su condición de salud.

    Las faltas graves están catalogadas para aquellas personas que incumplan la disposición sobre la gratuidad de la atención médica en la red pública integral de salud; no resguardar la confidencialidad de la información de los pacientes, entre otras.

    En cuanto a las faltas muy graves están aquellas acciones u omisiones técnicas o administrativas que produzcan lesiones a los pacientes que deriven en incapacidad permanente, donde el responsable tendrá que pagar una multa de 16 SBU, y además se suspenderá su licencia médica durante un año.

    En cambio, un profesional de salud puede ser suspendido de su licencia durante dos años cuando ejecuta actuaciones que produzcan lesiones en los pacientes y que deriven en muerte.

    En cuando al Sistema Nacional de Salud, el COS señala al Ministerio de Salud Pública como ente rector, como organismo responsable de formular la política nacional de salud, normar y regular actividades relacionadas con la salud.

    Será el responsable del funcionamiento de las entidades del sector en materia de salud, de la vigilancia y el control de las actividades, así como de la sanción de los incumplimientos al presente código. Tendrá a su cargo la conducción sectorial y articulación funcional de los integrantes del sistema nacional de salud. (I)

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