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    58 AÑOS DE CÁRCEL PARA QUIEN ASESINE A UN POLICÍA EN COLOMBIA

    miércoles, 26 enero, 2022No hay comentarios2 Mins Read
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    El presidente de Colombia, Iván Duque, sancionó en la Casa de Nariño la nueva Ley de Seguridad Ciudadana, la cual contempla, entre otros aspectos, un castigo penal más drástico para quienes cometan asesinatos en contra de integrantes de la Fuerza Pública y líderes de derechos humanos.

    De acuerdo con la norma, emitida este martes 25 de enero de 2022, de ahora en adelante en Colombia quien sea hallado culpable de cometer el delito de homicidio en contra de un uniformado de la Policía Nacional podrá ser condenado a la máxima pena que contempla esa conducta, que supera los 58 años de prisión.

    El Gobierno fue más allá y advirtió que la misma pena la pueden recibir quienes asesinen a un menor de edad o a un periodista en el país.

    También el evento contó con la participación del ministro de Justicia, Wilson Ruiz, quien calificó la norma como un “gran logro para los colombianos”, ya que se trata de una ley “garantista de los derechos y libertades de los ciudadanos, pero, a la vez, implacable contra la delincuencia”.

    A partir de ahora, los soldados y policías tendrán “una ley que les representa, y con un régimen disciplinario que les permite estar protegidos pero que les exige actuar con excelencia”, aplaudió el ministro de Defensa, Diego Molano.

    La Ley de Seguridad Ciudadana es calificada por la oposición como una iniciativa que criminaliza la protesta.

    Precisamente esta ley fue presentada tras las protestas que se sucedieron el año pasado en Colombia, que comenzaron por una propuesta de reforma tributaria y se extendieron por cerca de dos meses, en los que hubo reportes de graves violaciones de derechos humanos, sobre todo de abuso de fuerza policial, episodios de vandalismo y de civiles armados disparando contra manifestantes.

    Una de las principales críticas hacia la ley es que abre la puerta al uso de armas siempre que sea en defensa propia “contra injusta agresión”, sin que posteriormente haya responsabilidad penal.

    Asimismo, contempla la “legítima defensa privilegiada cuando la víctima se defiende contra quien irrumpe de manera ilegal su habitación o vehículo”.

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