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    Home»Actualidad - Los Rios»SE AMPLÍA VALIDEZ DE CÉDULAS EXPIRADAS O POR EXPIRAR Y EL USO DEL CERTIFICADO DE IDENTIDAD Y ESTADO CIVIL PARA LOS TRÁMITES PÚBLICOS Y PRIVADOS
    Actualidad - Los Rios

    SE AMPLÍA VALIDEZ DE CÉDULAS EXPIRADAS O POR EXPIRAR Y EL USO DEL CERTIFICADO DE IDENTIDAD Y ESTADO CIVIL PARA LOS TRÁMITES PÚBLICOS Y PRIVADOS

    lunes, 24 agosto, 2020No hay comentarios2 Mins Read
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    Lunes, 24 de agosto de 2020.- Registro Civil de Ecuador informa a la ciudadanía que extendió, por 30 días más, la validez de las cédulas de identidad expiradas o por expirar. De igual forma, los ecuatorianos que no posean su cédula pueden obtener el Certificado de Identidad y Estado Civil, disponible en la Agencia Virtual, este documento contiene los mismos datos que la cédula y durante el estado de excepción, contará con la misma validez. El objetivo de la institución es que los ciudadanos cuenten con documentos hábiles para efectuar sus trámites en el ámbito público y privado, garantizando así el Derecho de la Identidad.

    Esta decisión se sustenta en la ampliación del estado de excepción en el país, establecido por el Presidente de la República, Lic. Lenín Moreno Garcés, mediante Decreto Ejecutivo N° 1126, de fecha 14 de agosto de 2020.

    La resolución No. 063-DIGERCIC-CGAJ-DPyN-2020, relativa a este anuncio, fue suscrita el día lunes 17 de agosto de 2020 por el Director General de la institución, Lic. Vicente Andrés Taiano, y ha sido comunicada a las instituciones del sector público y privado; en especial, al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS), Superintendencia de Bancos y al sistema financiero nacional, para que luego de la verificación correspondiente no se rechace el documento de identidad expirado que presente el ciudadano. La persona o institución que recepte este certificado deberá validarlo desde los aplicativos web del Registro Civil en la Agencia Virtual.

    Respecto a los ciudadanos extranjeros, el tiempo de vigencia de las cédulas de identidad cuya condición de ciudadanía registra “extranjera”, se aplicará lo dispuesto por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

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